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Greenpoint, empresa dedicada a la consultoría medioambiental, cede con carácter voluntario y altruista el 0,7% de sus beneficios netos trimestrales a una Organización No Gubernamental (ONGs), cuyo objeto social esté orientado a la protección de la naturaleza, realizando programas y actividades de formación, educación e información medioambiental.

La ONG donataria en cuestión será decidida por el Consejo de Administración de Greenpoint al finalizar el trimestre natural, haciendo saber a dicha organización la concesión de la donación, debiendo esta cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior y haber sido declaradas de interés general, estando en vigor su actividad a la fecha de concesión de la donación por parte de Greenpoint.
  • Consentimiento explícito de la donación por parte de la ONG a Greenpoint, siendo para ello requerida la siguiente documentación:
  • Certificación expedida por la entidad donataria donde conste la identificación de donante y donatario incluidos sus NIF / CIF.
  • La mención de que la entidad donataria es una entidad sin fines lucrativos que persigue fines de interés general.
  • La fecha e importe del donativo, si es dinerario o, en caso contrario, documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega del bien donado.
  • El destino de los bienes donados al cumplimiento del objeto social o finalidad específica de la entidad donataria.
  • El carácter irrevocable de la donación.

 

El clausulado anterior deberá ser cumplido en su totalidad, reservándose Greenpoint la adjudicación definitiva del donativo y el inicio de acciones legales en caso de incumplimiento o supuesta mala fe de la organización donataria.

 

 

 

Firmado el Consejo de Administración de Greenpoint

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